Skip to main content

Durante los últimos meses se han presentado iniciativas legislativas en el Congreso de la República, así como propuestas en la campaña electoral sobre la necesidad de reconocer a la educación, la salud, el acceso a internet, la vivienda, entre otros, como derechos en la Constitución Política del Perú. A raíz de ello, quisimos explorar el status jurídico de estas materias como derechos.

Vemos, entonces, que estos sí son reconocidos como Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y que el Perú como Estado miembro de la ONU, está obligado a garantizarlos de manera progresiva. El acceso a Internet también ha sido reconocido en el año 2016, aunque a diferencia de los DESC, este no es vinculante.

Para comprender mejor el reconocimiento de derechos en la legislación internacional y en la Constitución Política, veamos el caso de educación:

El reconocimiento de la educación como derecho en la Constitución es un hecho reciente, probablemente este sea el motivo por el cual es poco conocido. De hecho, pasó desapercibido en el debate público dado que la atención estuvo centrada en la inversión anual de «no menos del 6% del PBI». No obstante, es importante tener claro que antes del 2020, la educación ya era un derecho de obligatorio cumplimiento para el Estado peruano.

La actual Constitución Política de 1993 indica que todos los derechos establecidos en los tratados internacionales en los que participa el Perú como Estado miembro, son considerados parte del «derecho nacional».

Cada derecho tiene características y/o condiciones, en el caso de la educación la legislación internacional establece que para que se cumpla el derecho, se tienen que cumplir todas las características a la vez.

Finalmente, lo ideal sería tener todos los derechos reconocidos de manera explícita en la Constitución en tanto esta expresa el contrato social entre el Estado y la ciudadanía. No obstante, es importante tener claro que, aunque la Constitución no lo diga, estos ya son nuestros derechos, y podemos exigirlos y ejercerlos.