Sobre la base del debate, los aportes y la sistematización realizada alrededor de la reorganización del Minedu, Para Gobernarnos Mejor plantea las siguientes recomendaciones de Política, en dos planos:
– De corto plazo (C), esto es, aquellas que podrían incorporarse en el Decreto Supremo del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Minedu una vez que se apruebe la LOF. Estas responden a la oportunidad de ser establecidas apenas se aprueba la LOF, no necesitan aprobaciones de Leyes o mayores dilaciones de tiempo. Muchas de estas ya cuentan con planteamientos preparados en el Minedu. No obstante, no son las medidas ideales, son primeros peldaños para medidas estructurales en el mediano y largo plazo.
– De mediano plazo (M), esto es, aquellas que involucren una siguiente modificación organizacional del Minedu, pero sobre todo la creación o redimensionamiento de otras instituciones, así como en los Gobiernos Regionales a nivel de sus DRE y UGEL.
Recomendación 1.
Definir una estructura organizacional del Viceministerio de Educación Superior en función a procesos claves del sistema y no por modalidades.
– (C) Crear, al menos, 5 Direcciones Generales que viabilicen la rectoría del Ministerio en la Educación Superior y Técnico Productiva:
- Dirección General de Acceso y Trayectorias. Una Dirección centrada en el rol de garantía del derecho a la educación superior y técnico productiva, que gestione los mecanismos de acceso a éstas, promueva el tránsito desde la educación básica, y asegure el reconocimiento de las trayectorias educativas para transitar entre modalidades. Asimismo, que garantice la reubicación de los estudiantes en casos de cierre de instituciones por incumplimiento de las condiciones básicas de calidad u otras razones.
- Dirección General de Desarrollo Docente, a cargo de conducir los procesos de desarrollo de los docentes en los regímenes de la Educación Superior y Técnico Productiva, sus trayectorias y carreras, atracción, reconocimiento y valorización.
- Dirección General de Educación Superior Pedagógica, que profesionalice la formación inicial docente conduciendo las políticas y estrategias en torno a las Escuelas de Educación Superior Pedagógica, fortaleciendo las capacidades y condiciones en los Gobiernos Regionales a su cargo. Las competencias sobre licenciamiento, gestión de las Escuelas, evaluación de sus docentes y formación en servicio estarían asignadas a Organismos y Programas fuera de esta Dirección[1].
- Dirección General de Supervisión, cuya función estará centrada en conducir con los GORE la supervisión y fiscalización de las condiciones básicas de calidad la Educación Técnico-Productiva.
- Dirección de Tecnologías Educativas para todas las modalidades de la Educación Superior y Técnico Productiva, a cargo de generar innovación pedagógica con tecnología (no sólo digital) aplicada tanto a los procesos de enseñanza y aprendizaje, como a los contenidos y recursos; además de promover y conducir las estrategias necesarias para su mejor aprovechamiento.
Recomendación 2.
Implementar el Sistema Nacional de Cualificaciones.
– (C) Crear la Autoridad del Sistema Nacional de Cualificaciones asignándola a una Dirección General de Oferta Pertinente que garantice el vínculo de la oferta formativa con la demanda laboral y con los territorios, y que se concentre en la actualización y articulación permanente del Marco Nacional de Cualificaciones, sus otros instrumentos y la articulación intersectorial.
De acuerdo con la especialización y volumen que cobre esta tarea en el tiempo, se puede evaluar la creación de un Organismo Especializado para esta misión, bajo un Consejo Directivo multisectorial.
– (C) Aprobar el Marco Nacional de Cualificaciones para garantizar la transitabilidad entre las distintas modalidades de la educación superior y su vínculo con la demanda laboral, y establecer un arreglo organizacional intersectorial para su orientación y actualización.
– (C) Asignar los Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO) como órganos desconcentrados de las UGEL, y en el ámbito de competencia del Viceministerio de la Educación Superior, pero con la misión de asegurar su carácter de bisagra entre la Educación Básica y la Superior.
Recomendación 3.
Optimización y reordenamiento territorial de los servicios educativos de educación superior y técnico productiva, como una línea estratégica entre el Minedu y los Gobiernos Regionales (GORE).
– (C) Reafirmar y fortalecer el rol de los GORE como titulares de los servicios educativos en Educación Técnico Productivo y Superior Tecnológica, Artística y Pedagógica.
– (C) Recuperar y asignar recursos a la función de supervisión de los GORE sobre el funcionamiento de los CETPRO, basada en condiciones básicas de calidad.
– (C) Establecer una gobernanza territorial entre los Gobiernos Regionales, Gobiernos locales, las empresas privadas, la academia y la sociedad civil. Planificar territorialmente la educación superior y técnico productiva, siendo responsabilidad de los GORE articular la demanda con la oferta y el mercado local, pero también con su visión de desarrollo territorial.
– (C) Eliminar el proyecto de implementación de EDUCATEC como Organismo Público encargado de la gestión de las Escuelas de Educación Superior Tecnológica a nivel nacional, dado que colisiona con las competencias de los GORE, más aún si no ha entrado en funciones desde su creación formal. Esto se puede hacer modificando la Ley N° 30512.
Recomendación 4.
Crear el Organismo de Acreditación de la Educación Superior y consolidar el Sistema Funcional de Aseguramiento de la Calidad, el cual articule a todos los actores que intervienen desde roles diferenciados en el sistema.
– (C) Incorporar en el Viceministerio de Educación Superior la competencia de:
- Fomento de la calidad en el sistema educativo Superior y Técnico Productivo, articulando lo público-privado y la gestión de fondos de incentivos
- Financiamiento de la oferta pública
- Gestión de sistemas integrados de información sobre la calidad.
– (C) Asignar a la actual SUNEDU las competencias de establecer condiciones básicas de calidad y sus parámetros, y gestionar los procedimientos de revalidación y/o licenciamiento de las instituciones de educación superior Pedagógica, Artística y Tecnológica. Esta SUNEDU optimizada puede renombrarse como Superintendencia Nacional de Educación Superior – SUNES.
– (C) Crear el Organismo Público Especializado de Acreditación de la Educación Superior, regulador de estándares y acreditador (certificador de acreditadoras de calidad nacional e internacional). En la Ley que reorganice el SINEACE, el actual Consejo Directivo ad hoc se puede convertir en este organismo.
– (M) Consolidar el Sistema Funcional de Aseguramiento de la Calidad (no sólo reducir el Sistema a la Acreditación como figura en el SINEACE) que permita la toma de decisiones conjunta del Minedu como rector y los otros actores (SUNES, Organismo de Evaluación de la Calidad, Organismo de Acreditación, GORE, Instituciones educativas, Universidades, otros Sectores).

[1] En documentos previos hemos propuesto asignar el licenciamiento a la Superintendencia Nacional de Educación Superior (ex SUNEDU), la gestión de las Escuelas a la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y los GORE, la evaluación de los docentes a un Organismo de Evaluación de la Calidad independiente, y la Formación Docente en Servicio a un Programa Nacional ad hoc.